El senador Luís Carlos Avellaneda expuso las diferencias del Polo con el proyecto de la bancada santista, las cuales versan sobre más de 80 artículos. Alexander López, vocero del Polo en el Senado, explicó que 34 organizaciones de víctimas señalaron las siguientes fallas graves de la propuesta:
1. “El Proyecto de ley carece de criterios objetivos e idóneos en materia de indemnización administrativa”.
2. “El Proyecto de ley contempla figuras como el llamado `contrato de transacción´ que obstaculizan el acceso a la justicia y violan el derecho a una justa indemnización”.
3. “El Proyecto de ley no contempla un reconocimiento explícito de que el fundamento de las medidas de reparación es la responsabilidad del Estado por el incumplimiento de su deber internacional de garantía y protección de los derechos humanos”.
4. “El proyecto de ley vulnera el principio de reparación integral de carácter patrimonial y no contempla la figura de reintegración del proyecto de vida de las víctimas, conforme a los estándares internacionales”.
5. “El Proyecto de ley contraviene la jurisprudencia constitucional respecto a la estricta distinción entre ayuda humanitaria, prestación de servicios sociales y medidas de reparación”.
6. “El Proyecto de ley desconoce el principio de universalidad e igualdad en el conjunto de víctimas”.
7. “Se ha desdibujado el carácter transicional de la restitución de tierras”.
8. “El Proyecto de ley plantea retrocesos respecto de los derechos de la población desplazada en relación con la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la materia”.
9. “La institucionalidad contemplada para la “atención y reparación de las víctimas” es confusa y de difícil acceso”.
10. “Carácter inconstitucional de la supeditación de los derechos fundamentales de las víctimas al principio de sostenibilidad fiscal”.
El senador Jorge Enrique Robledo afirmó que desde el inicio la ley de víctimas fue mediocre y que se ha empeorado en el trámite en el Congreso y agregó que mientras Santos hace demagogia agrarista, en el Plan de Desarrollo, en los artículos 45, 46 y 47, se consagró la política de concentración de la tierra rural más agresiva de la historia del país.