El Ministerio Público manifestó su preocupación por la presencia de minería en áreas de conservación ambiental de gran importancia, como los Parques Nacionales Naturales. El organismo de control considera que permitir la interferencia del sector minero en estas áreas contraviene no sólo disposiciones constitucionales, sino además la protección legal que para ellas confiere específicamente el actual Código de Minas. Esta norma otorga una protección absoluta frente a ciertas áreas declaradas de importancia para la conservación en Colombia, y por consiguiente declara “restringida” toda actividad minera de exploración o explotación en su interior.
Por su parte, la legislación ambiental reconoce explícitamente que las únicas actividades habilitadas en áreas de Parques Nacionales Naturales corresponden exclusivamente a aquellas de conservación, recuperación, control, investigación, recreación, educación y cultura.
Algunos títulos de los que serán revocados autorizan el 100% de la actividad minera al interior de Parques Nacionales Naturales.
La Procuraduría ha conocido los reiterados pronunciamientos de la Unidad Administrativa de Parques Nacionales Naturales, entidad encargada de la protección y defensa ambiental de estas áreas, sobre la urgente necesidad de actuación por parte de la administración pública frente a existencia de los 37 títulos mineros que en la actualidad comprometen un total de 36.155 hectáreas de estos parques en el país.
Si bien es cierto que en el año 2011 la autoridad minera Ingeominas manifestó su compromiso en la evaluación de los títulos mineros superpuestos en zona de Parques Nacionales Naturales, y su consiguiente cancelación, a la fecha no se han confirmado avances por parte de la autoridad minera responsable.
Procuraduría exigió cancelar actividad minera en áreas de Parques Nacionales Naturales
El Ministerio Público solicitó que se supriman los 37 títulos mineros que se han expedido en dichas zonas.
La Procuraduría General le solicitó a la Agencia Nacional Minera que cancele de manera inmediata cualquier tipo de actividad minera que se esté adelantando en las áreas de Parques Nacionales Naturales del país debido al grave daño ambiental que producen.
Ante esto solicitó que se cancelen los 37 títulos mineros que se han expedido y los cuales han sido registrados por la Unidad Administrativa de Parques Nacionales Naturales.
En este punto, el Ministerio Público consideró que es preocupante que en dichas zonas declaradas como “excluidas para la minería” se estén adelantando este tipo de actividades con las que claramente se está violando la ley.
La investigación adelantada por el órgano de control disciplinario, así como las quejas y denuncias que se han recibido indica que los 37 títulos minerosregistrados en dichas zonas comprometen un total de 36.155 hectáreas de estos parques en el país por lo que es menester tomar acciones urgentes.
Ante esto la Procuraduría recordó que estas zonas son de conservación ambiental, por lo que permitir la interferencia del sector minero en estas áreas contraviene no sólo disposiciones constitucionales, sino además la protección legal que para ellas confiere específicamente el actual Código de Minas.
Esta norma otorga una protección absoluta frente a ciertas áreas declaradas de importancia para la conservación en Colombia, y por consiguiente declara “restringida” toda actividad minera de exploración o explotación en su interior.
Por su parte, la legislación ambiental reconoce explícitamente que las únicas actividades habilitadas en áreas de Parques Nacionales Naturalescorresponden exclusivamente a aquellas de conservación, recuperación, control, investigación, recreación, educación y cultura.
“Si bien es cierto que en el año 2011 la autoridad minera Ingeominas manifestó su compromiso en la evaluación de los títulos minerossuperpuestos en zona de Parques Nacionales Naturales, y su consiguiente cancelación, a la fecha no se han confirmado avances por parte de la autoridad minera responsable”, precisó la solicitud de la Procuraduría.